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El papel de las inmobiliarias en la prevención del blanqueo de dinero

El papel de las inmobiliarias en la prevención del blanqueo de dinero

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Qué hacemos frente al blanqueo de capitales y por qué

El Blanqueo de Capitales, definido de forma amplia, es convertir dinero de origen ilícito en dinero aparentemente lícito.

Los orígenes del lavado de dinero se remontan a la década de los años 30, en Norteamérica, si bien su concepto moderno y ámbito geográfico acorde al actual se encuentra en la Convención de Viena de 1988.

La dinámica del Blanqueo de Capitales ha ido evolucionando a la vez que lo hacía el crimen organizado; en un principio se trató de acabar con los fondos ilegales procedentes del narcotráfico, extendiéndose a otra serie de delitos como el tráfico de armas y la corrupción, siendo cada vez más sofisticada la operativa para la ocultación del origen de los fondos ilícitos.

En España, además del sector bancario y financiero que ha sido tradicionalmente objetivo global y mundial de los blanqueadores de dinero, tenemos la peculiaridad de disponer de un sector inmobiliario, que ha sido un motor de la economía durante décadas, y así identificado como sector de posible riesgo por organismos internacionales como el GAFI y EUROPOL.

Prevención del blanqueo de capitales en Grupo Pryconsa

Las sociedades del Grupo PRYCONSA que desarrollan su actividad en el ámbito inmobiliario, y como principio de buen gobierno corporativo, tienen instaurados procedimientos que ponen en práctica los mecanismos para prevenir el Blanqueo de Capitales mediante la adquisición de los inmuebles que promueven y comercializan; y todo ello en cumplimiento de la normativa española contenida en la Ley 10/2010, de 28 de abril de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, la cual recoge la normativa comunitaria aprobada mediante la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Entre las medidas dispuestas por las sociedades el Grupo PRYCONSA, en aplicación de la referida normativa y, siguiendo las recomendaciones de la propia Administración (SEPBLAC), se encuentra la identificación del titular real de la operación y la verificación de la actividad económica de sus clientes al inicio de la contratación de los productos inmobiliarios, y ello mediante la recopilación de información y  documentación acreditativa que le es entregada por los clientes para su análisis, tales como nóminas, certificados bancarios, de vida laboral o declaraciones tributarias, además de otras obligaciones encuadradas en el concepto de “conoce a tu cliente”.

La expresada regulación exige a las promotoras inmobiliarias la abstención de realizar la operación con el cliente ante la imposibilidad de aplicar las medidas normativas exigibles.

Los datos y documentación recabada de los clientes del Grupo PRYCONSA son tratados en relación a la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, aplicando a sus sistemas de registros, medidas de seguridad.

La Prevención del Blanqueo de Capitales redunda en beneficio de todos al tratar de evitar la consumación del lucro de la actividad delictiva mediante la conversión del dinero obtenido ilícitamente por las organizaciones criminales.

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