BASES PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN “Sorteo por Participación en Encuestas”.
PRIMERA.- RESPONSABLE DE LA PROMOCIÓN.
La entidad PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES, PYC, PRYCONSA S.L (en adelante PRYCONSA), con domicilio social en Glorieta de Caminos 6 y 7, 4ª planta, 28020 Madrid (España) y titular del N.I.F B-28158053 es la organizadora y responsable de la promoción “Sorteo por Participación en Encuestas de Satisfacción” (en adelante la “Promoción”) que se regirá por las presentes bases legales (en adelante las “Bases”).
La Promoción se regirá por las presentes Bases publicadas y a disposición de cualquier interesado en la página web Bases del Sorteo – Pryconsa
SEGUNDA.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN.
La Promoción consiste en la celebración de un sorteo de carácter gratuito con el fin de incentivar la realización de las encuestas de satisfacción que se indican a continuación:
- ¿Qué vivienda te gustaría comprar?
- Visita a nuestra oficina comercial.
- ¿Por qué no nos han comprado?
- Firma de contrato.
- Primera visita a tu nueva vivienda.
- Entrega de llaves.
- Primer año con tu casa.
TERCERA.- PERIODO DE VIGENCIA.
La Participación en el sorteo de la Promoción estará vigente desde el 31 de octubre de 2024 a las 15:00 h (hora peninsular española) al 31 de diciembre de 2024 a las 23:59 h (hora peninsular española).
PRYCONSA se reserva su derecho a reducir o a ampliar el Periodo de Vigencia, suspenderlo, aplazarlo o cancelarlo justificadamente en cualquier momento y sin previo aviso, si considera que así lo exigen las circunstancias, sin que se le pueda exigir ninguna responsabilidad.
CUARTA.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.
Podrán participar en la Promoción:
- Las personas físicas, mayores de edad, residentes o con estancia legal en España, que dispongan de (i) D.N.I o Pasaporte vigente (en caso de ser españoles) o (ii) N.I.E o Permiso de Residencia vigente (en caso de ser extranjeros).
- Realicen al menos una (1) de las encuestas de satisfacción facilitadas por PRYCONSA o alguna de las siguientes empresas de su Grupo ISLA CANELA S.A., PLANIFICACION RESIDENCIAL Y GESTIÓN, S.A.U. (Prygesa), PROMOCION, GESTION Y MARKETING INMOBILIARIO, S.L (Progemisa).
En el sorteo no podrán participar los empleados de PRYCONSA o cualquiera de las empresas del grupo empresarial al que ésta pertenece, ni sus familiares directos (cónyuges y familiares de primer grado).
PRYCONSA, se reserva su derecho de excluir de la Promoción a aquellos participantes que, a su entender, hubieran participado de forma incorrecta o irregular o a aquellos que en cualquier sentido infrinjan las Bases de participación en la Promoción.
QUINTA.- PREMIO.
El premio objeto de la Promoción (en adelante el “Premio”) consistirá en el alojamiento de un fin de semana (sujeto a disponibilidad) para dos (2) personas, en habitación doble y desayuno en el Hotel Boutique Isla Canela Golf en Ayamonte (Huelva), desde la fecha de celebración del sorteo hasta el 31 de diciembre de 2025 (en adelante “Periodo de Disfrute del Premio”), estando excluidos de la Promoción los meses de julio y agosto de 2025.
El Premio, está valorado en aproximadamente DOS CIENTOS EUROS (200 €).
SEXTA.-MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.
Los participantes en el sorteo deberán cumplimentar al menos una (1) de las diferentes encuestas de satisfacción que PRYCONSA entrega a sus clientes y/o potenciales clientes.
Los participantes serán registrados para su participación en la promoción del sorteo en la plataforma Sortea2, y ello con motivo de cada encuesta de satisfacción que lleguen a cumplimentar.
SÉPTIMA.-CONDICIONES DEL PREMIO.
- Si por cualquier razón ajena a PRYCONSA no hubiera disponibilidad del premio previsto, PRYCONSA se reserva el derecho de sustituirlo por otro de igual valor.
- El premio o el derecho a su obtención es transferible.
- El premio no puede ser canjeado en metálico, ni podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición del ganador.
- Todos los impuestos y tasas relacionados con el premio del sorteo o aquellos gastos adicionales motivados por demora o negligencia por parte del ganador serán de cuenta de éste, salvo que, de otra forma, se hubiera establecido expresamente en las presentes Bases.
- Serán de cuenta del ganador todos los gastos referentes a mejoras y extras que no correspondan con el premio detallado en las presentes Bases.
- El ganador se elegirá de forma aleatoria, a través de la plataforma Sortea2, entre todos los participantes que cumplan los requisitos contenidos en las presentes Bases de participación.
- La selección del ganador y de dos (2) suplentes se realizará de forma aleatoria, a través Sortea2, que garantiza la transparencia del resultado del sorteo y como prueba de ello emite un certificado de validez acreditativo del resultado del sorteo. El suplente se convertirá en ganador, en caso de que el ganador renunciara al premio adjudicado, no se le hubiese localizado en el plazo establecido o no cumpliera con los requisitos establecidos en las presentes Bases.
OCTAVA.- GANADOR DEL SORTEO.
Finalizado el plazo de participación, el sorteo se realizará el día 7 de enero de 2025, mediante la plataforma Sortea2.
Dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a la realización del sorteo PRYCONSA, se pondrá en contacto con el ganador, a través del correo electrónico y/o teléfono facilitado por este a efectos de comunicación a fin de comunicarle que es el ganador del sorteo, dándole las instrucciones necesarias para la aceptación del premio.
Una vez se haya verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases, el ganador recibirá de PRYCONSA, un documento de aceptación del premio que deberá remitir dentro de los tres (3) días siguientes debidamente firmado, en prueba de conformidad de la aceptación del Premio. Una vez cumplimentada correctamente toda la información solicitada PRYCONSA enviará al ganador un bono regalo del que el ganador podrá hacer uso durante el Periodo de Disfrute del Premio indicado en las presentes Bases.
Si no se lograra contactar con el usuario ganador tras realizar tres (3) intentos de comunicación, /o no recibir la información solicitada, PRYCONSA entenderá que el ganador no desea/desestima el Premio, perdiendo automáticamente el derecho a obtener el Premio.
El ganador podrá renunciar al Premio, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho a indemnización o compensación.
Si el ganador no desea/desestima el Premio, el ganador será el suplente ganador por su orden de selección aleatoria en el sorteo.
NOVENA.- FISCALIDAD.
A efectos meramente informativos, se indica que el Premio, quedará sometido, en su caso, a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio o, en su caso, al Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes; así como a sus correspondientes reglamentos y demás normativa de desarrollo, o, en su defecto, a la normativa tributaria que estuviere vigente.
En este sentido, la obtención de un premio de este tipo podría constituir para el ganador una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición. El ganador del Premio quedará sometido al cumplimiento de todas las obligaciones fiscales establecidas por la legislación vigente aplicable, en su caso, siendo de su cargo exclusivo el pago de las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, se exonera expresamente a PRYCONSA de cualquier tipo de responsabilidad al respecto.
DÉCIMA .- INFORMACION PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
PRYCONSA manifiesta que cumple la totalidad de los requisitos y obligaciones de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y normativa vigente en la materia.
PRYCONSA en su condición de responsable del tratamiento informa al participante de sus datos, en cumplimiento de la mencionada normativa, designados en la Base Primera del presente documento. Tiene designado un Delegado de Protección de Datos (DPD) ante el que podrá acudir para plantear cualquier cuestión relativa al tratamiento de sus datos de carácter personal dirigiéndose a la siguiente dirección electrónica privacidad@pryconsa.es o mediante el envío de correo postal a la siguiente dirección Glorieta de Cuatro Caminos 6 y 7, 28020 de Madrid con el Asunto “Protección de Datos.”
El participante podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Portabilidad, Limitación del tratamiento, Supresión o, en su caso, Oposición mediante comunicación dirigida a la referida dirección electrónica.
Asimismo, las Partes, podrán, interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, con domicilio Madrid, calle Jorge Juan n.º 6, 28001, teléfono 901.100.099 y sitio web www.aepd.es.
La finalidad del tratamiento es la organización del sorteo y la entrega o adjudicación del premio objeto de la promoción.
La base legal para el tratamiento de sus datos es la relación negocial y/o la aplicación de medidas precontractuales.
PRYCONSA manifiesta que los datos personales se conservarán para la gestión, tramitación y desarrollo de la relación negocial y/o la aplicación de medidas precontractuales, en otro caso, los datos se suprimirán, entendiendo supresión como bloqueo de estos, durante los plazos marcados por la legislación vigente, en este sentido, los datos bloqueados quedarán a disposición exclusiva de Jueces y Tribunales, el Ministerio Fiscal u otras Administraciones Públicas competentes.
No se prevé llevar a cabo comunicaciones de datos, salvo obligación legal o para el propio cumplimiento del Contrato. Tampoco se prevé llevar a cabo transferencias de datos a terceros países sitos fuera de la Unión Europea.
DÉCIMOPRIMERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE, ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y FUERO
La presente Promoción se rige por la legislación española vigente. La participación en la Promoción supone la aceptación íntegra de las presentes Bases.
Asimismo, la entrega del Premio está sujeta a la aceptación expresa por el ganador de las presentes Bases.
Todos los conflictos que se susciten en aplicación de las presentes Bases se resolverán por los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.